domingo, 4 de marzo de 2012

BERAZATEGUI Y SOL Y RÍO - HERMANADOS POR UN MISMO PROBLEMA

VILLA CARLOS PAZ: NO ADORMEZCAN A LOS VECINOS CON COMISIONES



!FUERA LA ESTACIÓN RIGOLLEAU DE BERAZATEGUI!




¡FUERA LA SUB ESTACIÓN DE EPEC DEL BARRIO SOL Y RÍO!


Los Vecinos de la Estación Rigolleau de Berazategui han sido una vez más agraviados. Pero hay distintas formas de agravio. También esto ocurre en Villa Carlos Paz y de una manera diferente.


Ahora es el momento de defender "LO PROTEGIDO" del Parque Creado por Ordenanza Nº 4871/07, caso contrario nunca podrá ser el: PARQUE RECREATIVO-EDUCATIVO NATURAL PROTEGIDO SOL Y RÍO. Pero al decir de los gestores de la "comisión" de este tema no se habla, hay que mirar hacia adelante.
Y lo de atrás ¿Quedó en el olvido?




Sol y Río Villa Carlos Paz


POR LA ESTACIÓN COLINDANTE CON EL PARQUE RECREATIVO-EDUCATIVO NATURAL PROTEGIDO SOL Y RÍO de Villa Carlos Paz, silencio!!!!

Ahora crearon de la noche a la mañana una "Comisión de Vecinos" para que ¿"se expida"? sobre si corresponde estar o no la estación de EPEC ¿ a drede para disimular los verdades objetivos que deben perseguirse en la cuestión? dentro del cumplimiento de la Ordenanza Nº 4871/07 de creación del Parque. Hasta el momento las autoridades de las Áreas de Planificación Urbano-Ambiental, no respondieron con la profundidad que se ha solicitado. Pareciera que quieren dejar en "manos de la comisión de vecinos", lo que tienen que resolver ellos. Desde FUNEAT hemos fijado postura al respecto y no vamos a seguir participando de reuniones de este tipo, hasta que la Sub Estación sea quitada del lugar.

¿Que se espera? ¿Generar violencia como lo que está ocurriendo en Berazategui?

Lo que se necesita es que se expida el Gobierno de la ciudad de Villa Carlos Paz, con las Leyes en las manos. Idéntica situación le corresponde al Municipio de San Antonio.

¿Adónde quedó la propuesta del anterior Concejo de Representantes (AÑO 2010) de adherir desde la Asesoría Letrada del Municipio , a los reclamos de los Vecinos en el plano del amparo ambiental?

Los que propusieron adherir hoy pueden resolver eso. Están gobernando.

¡Basta de Eufemismos de Comisiones!

¿Hasta cuándo se va a esperar? ¿Hasta que en cualquier momento tengamos los cables de 132.000 Voltios, pegaditos al Parque y empiecen a funcionar el/ o los transformadores?

No es tiempos para silencios....son tiempos de respuestas.

Lamentables respuestas si las hay!!!!!... Comisiones!!!!!!
Si hay que cuidar a los árboles del parque, que lo haga la repartición que corresponde del municipio.

No se puede dejar en manos de los vecinos que carguen con semejante responsabilidad de determinar cual es el ÁREA RECREATIVA y cual LA EDUCATIVA, eso es inviable con la SUB ESTACIÓN REDUCTORA DE TRANSFORMADORES DE EPEC. Esa Sub Estación debe demolerse por ser ILEGAL.


Antes estuvo e PARQUE PROTEGIDO. La Planta de Transformadores violó las Leyes Ambientales. Lo primero es LEGAL y protegido por dos ORDENANZAS DE VILLA CARLOS PAZ.  La Sub Estación es ILEGAL y violatoria del Sentido común y de las normas legales


Ese Parque está Protegido desde antes del comienzo de la Construcción de la Sub Estación. 
No hay ninguna duda!!! 
¿Por qué tanto silencio?
Guarden las Comisiones...hagan lo que tienen que hacer.
!Y el hacer, es hacer respetar las Ordenanzas y las Leyes!


NO ADORMEZCAN A LOS VECINOS CON COMISIONES

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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

escudo de villa carlos paz
ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii
Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO