viernes, 7 de febrero de 2014

SEGÚN PASAN LOS TIEMPOS: LAS BIPOLARES POLÍTICAS DEL CONCEJO DE PLANIFICACIÓN AMBIENTAL DE VILLA CARLOS PAZ

LAS INCOHERENCIAS DE UNA CORPORACIÓN 

 ¿Que pasó con el CONSEJO DE PLANIFICACIÓN URBANO AMBIENTAL que actúa de forma BIPOLAR, según dictámenes y tiempos - para otros "Proyectos" como los de Costa Azul Sur y Costa Azul Norte - Terrenos del Tercer Cuerpo , etc.? 



Los Funcionarios deberán rendir cuentas por no promover investigación sobre impactos pasados en Áreas Protegidas con cargos, que sin embargo fueron entregadas mediante convenios que disfrazan las actividades destructivas con máscaras " de ACTIVIDADES RECREATIVAS-EDUCATIVAS". 

 EN EL ENTRECOMILLADO DE ABAJO SE LEE EN:



"Luego de la sanción de la ordenanza que reglamenta las llamadas "áreas protegidas", el Consejo de Planificación Urbano Ambiental (CPUA) de Villa Carlos Paz comenzó a presionar para lograr la "expropiación" del complejo recreativo "Montaña Mágica", ubicado sobre las laderas de las sierras carlospacenses y señalado como uno de los sectores con mayor grado de "deforestación y pérdida de la diversidad biológica". 

El predio, que cuenta con una superficie total de siete hectáreas y que constituyó un símbolo turístico durante las décadas pasadas, se encontraría afectando el llamado "parque natural serrano" y además produce (tanto en vecinos como en turistas) un fuerte "impacto visual", ya que todavía persiste la inscripción "MM", hecha con rocas, sobre la montaña. 

La normativa, que contaría con el respaldo del intendente Carlos Felpeto, se encuentra inspirada en "la necesidad de restaurar el bosque serrano en las laderas de las sierras chicas, dentro del ejido de Villa Carlos Paz", para lo cual se sustenta en la Ordenanza N° 1408 que se refiere a las expropiaciones en faldeos montañosos y fija un monto determinado para esas tareas. Así es que los vecinos carlospacenses deberán hacer un aporte del 8% (denominado "Contribución con Afectación Específica") a fin de compensar los gastos que demandará el proceso. 

De acuerdo a las informaciones que trascendieron en las últimas horas, se intentará declarar "de utilidad pública y sujeto a expropiación las parcelas ubicadas en el faldeo de las Sierras Chicas, cuyo frente oeste colinda con calle Los Cerros", que tienen una extensión de cuatro hectáreas y tres hectáreas, respectivamente, y cuya titularidad se encuentra a nombre de Pedro Moral. 

Sin embargo, el hecho de expropiar la "Montaña Mágica" se encuentra justificado en que, según un estudio de relevamiento que realizó el CPUA, ésta constituye el área de las sierras más "deteriorada" y "afectada" por la deforestación; realidad que se profundiza con "la escasa forestación existente en el lugar, el impacto visual que supone la incisión en el suelo de surcos y marcas con roca graficando una marca comercial de un establecimiento que funcionara otrora en el lugar". 

"La restauración de este sector de la ladera, recomponiendo el paisaje natural a su estado original, constituye una acción que no solo reviste valor desde el punto de vista del impacto ambiental, sino también simbólico toda vez que libera a las laderas de un mero rol publicitario fortaleciendo su carácter estructurante de la imagen físico-especial de la ciudad"; indicaron sobre la propuesta los voceros del Consejo de Planificación Urbano Ambiental. 

 "Entendemos que la progresiva remediación del bosque serrano tenderá a mitigar los efectos de la deforestación progresiva, la creciente erosión de las laderas con el consecuente arrastre de suelos y la pérdida de diversidad biológica aumentando la eficiencia de la montaña para la captación y reserva del agua"; agregaron las fuentes consultadas por El Diario, quienes manifestaron que el proyecto cuenta con el aval directo de los técnicos municipales Carlos Bartmus, María Elena Foglia y Mónica Martínez (quienes también integran el área técnica del CPUA). 

Por último, se conoció que las parcelas sujetas a expropiación, serán afectadas al "dominio público municipal" como parte de un parque natural serrano, destinado exclusivamente a actividades de restauración del bosque serrano "para su posterior uso con destino didáctico y de divulgación ambiental". 

A raíz de esta utilidad, la propuesta fue bien recibida en el Departamento Ejecutivo y en el Concejo de Representantes, que concretaría su aprobación en las próximas semanas." 

ESTO ES PASADO.

EN LA ACTUALIDAD:

 ¡COHERENCIA!!!! por favor basta discursos con "ÁREAS INTERVENIDAS" , "ÁREAS RECREATIVAS EDUCATIVAS" que sólo facilitan negocios lucrativos en ÁREAS QUE DEBEN PROTEGERSE, y parece que no estamos equivocados en los reclamos que hacemos, cuando se lee este artículo histórico: 


que da un TESTIMONIO de lo que se pensaba en otros tiempos y sin embargo ahora cambian la orientación de las velas, según los vientos que soplan. 

 ¡DEBEN SER RESTAURADOS TODOS LOS ESPACIOS DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS QUE FUERON IMPACTADAS! 
Sólo así se dará cumplimiento a la Carta Orgánica Municipal. 

FUNDACIÓN EDUCACIÓN, AMBIENTE Y TRABAJO 









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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

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ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii
Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO