sábado, 8 de abril de 2017

VÍDEOS DE LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO BASE PARA LA SOLUCIÓN PARTICIPATIVA DEL EMBALSE DEL DIQUE SAN ROQUE


RECUERDO: 15 DE SEPTIEMBRE DE 2013

TESTIMONIOS DOCUMENTADOS  DE UNA LUCHA
T


ENTREVISTA REALIZADA DESDE LA FUNDACIÓN EDUCACIÓN, AMBIENTE Y TRABAJO AL BIÓLOGO DR. CARLOS H. PRÓSPERI


IMÁGENES DE LOS RECLAMOS POR UNA POLÍTICA AMBIENTAL DE ESTADO EN VILLA CARLOS PAZ

Cuántas y cuántas veces estuvimos en el Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz!!!!
Cuántas y cuántas veces estuvimos presentando Expedientes que les envían a ARCHIVO, porque el Municipio de Villa Carlos Paz, es una ORGANIZACIÓN CERRADA y como tal no les importa de los Ciudadanos y ONGs!!!!
Sin embargo desde hace años, Ciudadanos y ONGs, continuamos en el mismo camino, a pesar de que algunos que creíamos compañeros llegaron a sitiales del Municipio y hoy nos dan vuelta la cara.
Pero seguimos, a pesar de que nos quieran dividir,,,,SEGUIMOS!!!! No lo van a lograr!!!







SE REINGRESAN DOCUMENTOS ANTE EL DEM DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DE VILLA CARLOS PAZ



ASAMBLEA PERMANENTE POR LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE DE VILLA CARLOS PAZ







31 de Mayo de 2014

DECLARACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE EN LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ 


Los Vecinos y Organizaciones abajo firmantes, reunidos en  Asamblea, siendo las dieciocho horas del día Sábado  treinta y uno de mayo del año dos mil catorce, preocupados y ocupados por los últimos acontecimientos que son de dominio público respecto a la situación que se verifica en el Cordón Montañoso (Este) de la Ciudad de Villa Carlos Paz, respecto a Proyectos e impactos consumados en los Ecosistemas comprendidos dentro de las Áreas Protegidas Ap1 y Faldeos Montañosos,   contrariando los principios que manda la propia Carta Municipal de Villa Carlos Paz: 

DECLARAMOS Y DENUNCIAMOS LO SIGUIENTE: 

  1. Qué vemos con mucha preocupación el incumplimiento de los principios de la Carta Orgánica Municipal en cuanto a ausencias de POLÍTICAS AMBIENTALES DE ESTADO que dan origen a Convenios con fines de lucro y Proyectos Insustentables que ponen en peligro el PATRIMONIO AMBIENTAL de la Ciudad que debiera preservarse hacia las próximas generaciones. 

  1. Qué la MORA derivada en la Sanción y Promulgación del CÓDIGO DE MEDIO AMBIENTE, tal como lo declara  en la Carta Orgánica Municipal el Artículo N° 11 AMBIENTE ­ NORMA GENERAL, lleva – además- a que se generen conflictos sociales. 

  1. Qué denunciamos con énfasis los graves impactos ambientales negativos y Proyectos Insustentables en los Faldeos de las sierras  que incluyen a las Áreas declaradas como Protegidas, que en cuestión de horas destruyen, para siempre lo que la naturaleza creó durante miles y miles de años. 

  1. Recordamos la Carta Orgánica Municipal: Artículo 11:   El Municipio protege al ambiente contra cualquier forma de depredación, destrucción o contaminación. La prevención del daño ambiental y la recomposición del ambiente dañado por las actividades humanas es deber indelegable de aquél. Ejerce con carácter pleno e irrenunciable las acciones relativas a la protección ambiental. El Concejo de Representantes dicta el Código del Medio Ambiente. 


  1. Qué desde distintas Organizaciones Vecinales, Ambientales, Sociales y propios vecinos se vienen denunciando lo que se explicita en puntos anteriores y que debiera proteger el Municipio de Villa Carlos Paz y desde hace muchos años. 

  1. Qué visto los trabajos sobre Riesgo Sísmico realizados por investigadores de Universidades de Córdoba alertando sobre ello, no se entiende como se sigue permitiendo la destrucción de los Faldeos de las Sierras. Se estima que futuros terremotos podrían alcanzar la magnitud de 6,6 grados. En el norte de Córdoba han ocurrido fuertes terremotos históricos: en Deán Funes en 1908, con magnitud de 6,5 grados; en Villa Giardino en 1947, con 5,6, grados  y en Cruz del Eje en 1955, con 6,7 grados de magnitud. 

  1. Qué lo anterior está directamente relacionado con los estudios:  
Nuevas evidencias de deformaciones cuaternarias asociadas a la falla Sierra chica, Sierras pampeanas de Córdoba Guillermo L. Sagripanti, Diego Villalba y Mónica B. Villegas 
Departamento de Geología. Universidad Nacional de Río Cuarto 
ARTÍCULOS: 
VER:



  1. Son públicas y notorias las últimas intervenciones que modificaron la orografía de las sierras, desconociéndose o ignorándose estos estudios de científicos, citando como casos visibles los realizados en los faldeos que comienzan en el Barrio Costa Azul Sur en adelante con orientación Sur. 

  1. Qué dicha problemática Geológica – también- está tratada en el Estudio del Área Protegida y que fuera solicitado por el Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz  a la Universidad Nacional de Córdoba, Centro de Vinculación Laboratorio de Geotecnia de la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas. VER: 




  1. Qué por ello no entendemos- lo reiteramos nuevamente- como se hace caso omiso a estos estudios. 

  1. Qué el desorden imperante en materia de Normativa Ambiental acorde con la Carta Orgánica Municipal está a la vista y derivado de la MORA legislativa que denunciamos una vez más. 


  1. Qué  tampoco entendemos los DICTÁMENES del CPUA – Consejo de Planificación Urbano Ambiental, organismo que debiera  contener en su Mesa Honoraria a representantes de los Centros Vecinales, Organizaciones Sociales, todo en concordancia con la Carta Orgánica Municipal. Dictámenes apresurados de este organismo dieron como origen, antes de ser tratado en el Concejo de Representantes, intervenciones  en las Áreas Protegidas del Barrio Costa Azul Sur que llevaron a la Secretaría de Ambiente de Córdoba a clausurar un predio donde se produjeron gravísimos deterioros del ecosistema serrano. 

  1. Que también respecto a la constitución del CPUA  y en su UNIDAD TÉCNICA no vemos que estén representadas las CIENCIAS NATURALES y las CIENCIAS SOCIALES, como así tampoco aquellas organismos proveedores de servicios que tengan relación directa con los Balances de Masa y Energía  por citar algunas de las cuestiones que hacen a la vida de la ciudad: el agua y la  energía eléctrica. 

  1. Qué tampoco percibimos en el CPUA  una forma de trabajo Multi –Inter Disciplinario en búsqueda de lo Trans Disciplinario, tal como se pone de manifiesto en la metodología de rigor. 


  1. Qué la Carta Orgánica Municipal  también explicita con total claridad al respecto de: 
“Este Consejo creará un ámbito de trabajo con los centros vecinales y demás instituciones que crea necesario, para una conclusión integral y participativa.” De allí  cumplimiento de lo que manda la Carta Orgánica Municipal, no debe restringirse a participaciones  de 5 minutos en el Foro Urbano Ambiental, cuando se lo convoca. De idéntica manera en las Audiencias Públicas del Concejo de Representantes. 

  1. Qué a los daños ambientales verificados en Costa Azul Sur se suman a los cometidos a distintos tiempos en los llamados Terrenos del Tercer Cuerpo de Ejército, comprados por el Municipio de Villa Carlos Paz al Estado Nacional; en donde – también- en los últimos días hubo intervención de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, por impactos que se habrían consumado en ese ecosistema. 

  1. Qué en Proyectos como los del Basural de Villa Carlos Paz, se han ignorado los procedimientos de la EIA Evaluación de Impacto Ambiental y las Audiencias Públicas. Algo que ya parece común cuando se los soslaya en los Proyectos impulsados en las Áreas Protegidas. Esta situación fue comunicada a los responsables de las Áreas Municipales en reuniones realizadas durante el año 2013. 

  1. Qué los sitios impactados en los Terrenos del Tercer Cuerpo, Costa Azul Sur y otros ya consumados en años anteriores forman parte de TODO UN CORREDOR AMBIENTAL o ECOSISTEMA, que empalma con la RESERVA RECREATIVA NATURAL VALLE DEL CÓNDOR, LEY N° 8770 de la Provincia de Córdoba, que comienza en el límite Sur del ejido de Villa Carlos Paz. 


  1. Qué no vimos actuaciones acordes desde el Municipio de Villa Carlos Paz, para que se solicitara de forma inmediata lo que estipulan las Leyes Ambientales respecto a AUDITORIAS AMBIENTALES (Ley N° 7343 – Provincia de Córdoba) para cuantificar los impactos denunciados y hacer cumplir la Norma en cuanto al Artículo N° 28 de la Ley General del Ambiente N° 25.675: (…) “El que cause el daño ambiental será objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior a su producción”.(…) 

  1. Qué los Vecinos, Organizaciones Vecinales y ONGs Ambientales y Sociales reclamamos por los Ecosistemas de TODO el TERRITORIO, dado los SERVICIOS AMBIENTALES que estos ecosistemas prestan.  


  1. Qué viene al caso recalcar: son los ÚLTIMOS ECOSISTEMAS que vienen siendo presionados desde los cuatro puntos cardinales, generando la destrucción del suelo, de bosques autóctonos, pérdidas invalorables de la Biodiversidad, del paisaje y también, de la tranquilidad y convivencia social humanizada respetuosa de la naturaleza. 

  1. Qué rechazamos de plano y solicitamos se revean los términos de “ÁREAS INTERVENIDAS” y “ÁREAS RECREATIVAS – EDUCATIVAS”, ya que es público y notorio que habiéndose violentado cargos de contratos firmados con el Estado Nacional, se dieran pie a  Convenios de neto corte lucrativo que han generado impactos de magnitud. En el pasado y en el año 2013  en los Predios del Tercer Cuerpo de Ejército, acciones destructivas del ecosistema convalidadas por el Concejo de Representantes y Ejecutivo Municipal. 


  1.  Ídem como los que se verifican en otros Proyectos presentados y que tuvieran amplia difusión en Medios locales en los últimos días.  

  1. Qué los Vecinos exigimos se respeten las Ordenanzas, se escuchen los pedidos de INTANGIBILIDAD de estas áreas y que no se permita a través de normas que contrarían los principios de la Carta Orgánica Municipal, dictámenes y/o autorizaciones, factibilidades, de Proyectos  que puedan sentar precedentes que  deriven en asestar el golpe final a estos últimos reductos naturales que prestan SERVICIOS AMBIENTALES para el BIEN COLECTIVO de nuestra sociedad. 


  1. Qué también hemos hecho reclamos DURANTE EL AÑO 2013,  para salvar al EMBALSE DEL DIQUE SAN ROQUE, y todo lo que expresamos en esta declaración tiene directa relación con la vida de esta fuente de agua y las cuencas serranas que aportan a él desde el ejido de la  ciudad de Villa Carlos Paz. 

  1. Qué respecto al Documento Base, del día 15 de septiembre de 2013,  la Recuperación del Embalse del Dique San Roque, oportunamente firmado y entregado a la Opinión Pública para su conocimiento decíamos que:  “Los principales problemas son la alarmante reducción de la superficie que ocupa el sistema natural de las sierras (desmonte, destrucción y quema de bosques de coco y molle, romerillales, pastizales de altura, bosquecillos de altura), (…)la invasión de laderas con asentamientos humanos y obras de infraestructura incompletas y mal diseñadas, la construcción y operación de caminos de montaña sin racionalidad ni adaptación al medio, los vertederos de basura, generalmente abiertos y periódicamente sometidos a fuego; la ocurrencia de incendios; la erosión hídrica y eólica de ambientes degradados; la caza; la extracción irracional de fauna y flora, entre otras cosas y que les cabe las generales de la Ley a la Ciudad de Villa Carlos Paz, por todo lo que ya hemos vivido desde hace años y en los últimos tiempos,  aunque debiéramos decir: en las últimas horas dadas las intervenciones de la Policía Ambiental y Actas Labradas. 


  1. Qué también denunciamos el incumplimiento de las Leyes Ambientales respecto a los Presupuestos Mínimos  y a los procedimientos- lo repetimos- que se establecen como lo son la EIA Evaluación de Impacto Ambiental, como procedimiento jurídico administrativo respetuoso de las AUDIENCIAS PÚBLICAS. 

  1. Qué  decimos: Está a la vista  que cuando se violan estos procedimientos, es cuando surgen los conflictos ambientales sociales, y de la cual la ciudad de Villa Carlos Paz, puede dar sobrado ejemplo por las luchas generadas en defensa de los faldeos de las sierras y donde tuviera directa intervención la Defensoría del Pueblo de la Nación a través de estudios realizados por la Universidad de Sarmiento, donde daban cuenta de la inconveniencia  de la modificación de los ecosistemas serranos en su continuo.   

Qué al igual lo hemos hecho con el DOCUMENTO BASE respecto al Embalse del Dique San Roque exigimos SOLUCIONES PARTICIPATIVAS: 
SOLUCIONES PARTICIPATIVAS 
 Entre las medidas urgentes para lograr un manejo sustentable del AMBIENTE  en Villa Carlos Paz proponemos las siguientes:  
  1. La inmediata Redacción del CÓDIGO DE MEDIO AMBIENTE, tal como lo manda la Carta Orgánica Municipal en su Artículo N°11 y un todo acorde con el Artículo N° 41 de la Constitución de la Nación Argentina. 

  1. Qué toda reglamentación de Ordenanza o nueva norma regulatoria se restrinja a lo que prescriba el CÓDIGO DEL MEDIO AMBIENTE. Suspender las habilitaciones excepcionales hasta la vigencia del CÓDIGO DEL MEDIO AMBIENTE. 

  1. Generar instancias de verdadera participación ciudadana, con consultas a Universidades y a investigadores que han realizado trabajos sobre el AMBIENTE del territorio donde se asienta la Ciudad de Villa Carlos Paz. 

  1. La verdadera Participación Ciudadana, no puede ser coartada por tiempos mínimos como lo son los 5 minutos de los llamados Foros que convoca el CPUA Consejo de Planificación Urbano Ambiental y las mismas Audiencias Públicas a que llama el Concejo de Representantes de la Ciudad de Villa Carlos Paz. 

  1. Insistimos, tal cual lo hemos manifestado en diferentes oportunidades,  que el CÓDIGO DE MEDIO AMBIENTE debe contener articulado que trate sobre los aspectos FÍSICOS, SOCIO-ECONÓMICOS y SOCIO-CULTURALES indispensables para una visión holística del mismo y que lleve a un CONTRATO SOCIAL de convivencia pacífica. 

  1. Generar, desde la verdadera participación ciudadana, un Programa de Manejo de la los Ecosistemas Serranos elaborado en base a todos los estudios, conocimiento científico, recomendaciones internacionales, etc.   Bajo la premisa que está plasmada en el Artículo N° 14 de la Carta Orgánica:   LADERAS, COSTAS Y RIBERAS  Artículo 14: El Municipio de Villa Carlos Paz Ciudad turística serrana, declara  que los faldeos de las sierras, los bosques autóctonos, las costas del lago, incluyendo su espejo de agua y los ríos que la atraviesan, constituyen sus recursos naturales y deben ser protegidos por ordenanzas y por convenios con Municipios o Comunas, Provincia y Nación. 

  1. Generar, adecuar, ensamblar y coordinar normas y poderes de policía relacionados con los siguientes temas y prohibiciones:  

G1) Absoluta prioridad a la regulación de los usos del suelo y a la definición de un Esquema de Ordenamiento Territorial respetuoso de los asentamientos poblacionales consolidados. 


G2) Prohibir todo nuevo desmonte en todo el ejido del Municipio de Villa Carlos Paz y en especial el de los Faldeos Montañosos. 

G3) Impedir la localización de  proyectos en faldeos que puedan alterar alturas y declives y el arrasado de toda su biodiversidad. Todo ello en concordancia a los estudios geológicos anteriormente citados. 


G4)  Impedir el avance de superficies impermeabilizantes o destructivas por gran impacto de tránsito o por ocupación intensa de personas, que pudieran están mimetizadas detrás de “ACTIVIDADES RECREATIVAS – EDUCATIVAS” en los ambientes serranos naturales de la región, que no tengan en cuenta los fenómenos de infiltración hídrica y minimizar los procesos de escorrentía. Ídem los impactos que se producen por no respetarse la Biodiversidad del ecosistema en flora y fauna 

G5) Verificar y Erradicar los basurales abiertos y recomponer aquellos sitios de las Áreas Protegidas que hayan sido impactadas por el depósito de basuras de distinto tipo. 

G6) Reducir al mínimo la ocurrencia de incendios y fortalecer no solamente la alerta temprana de incendios sino también el combate temprano con uso concentrado y masivo de personal y dispositivos.  


G6) Prohibir la caza en todas sus variantes, incluida la variante de "turismo cinegético".  

G7) Prohibir la extracción de ejemplares vivos de la fauna y flora autóctona.  

G8) Prohibir el uso de pirotecnia que pueda generar incendios en ambientes naturales y urbanos.  


G9) Revalorizar el pasado y presente indígena de la región.  
G10) Proteger al paisaje como fuente esencial turístico de la ciudad. Evitando no sólo la destrucción en el plano físico sino la colocación de antenas o tendidos de cableados y torres que impactan negativamente en lo visual. 

  1. Coordinar el trabajo mancomunado de las administraciones ambientales, tanto de las Municipalidades y Comunas, como del gobierno de la provincia de Córdoba. En este contexto urge establecer:  


H1) Un sistema de telemonitoreo ambiental, particularmente basado en el seguimiento de imágenes satelitales para detectar cambios en los usos del suelo y otras alteraciones. Este sistema debe incluir la conformación de mapas continuos que muestren el avance y retrocesos de los distintos tipos de ambiente, en particular de ambientes nativos.  

H2) Un sistema de monitoreo ambiental que permita medir los niveles de contaminación material de aire, suelo, agua (subterránea, de red, ríos, lago), organismos vivos indicadores y alimentos, y de contaminación energética del aire (por ruidos molestos, por radiación ionizante, por radiación no ionizante), ello siguiendo un protocolo técnico y una modalidad de monitoreo continuo. Informar continuamente a la población sobre el nivel de contaminación del lago y de los ríos (contaminación química, contaminación microbiológica).  


H3) Un sistema de monitoreo de la biodiversidad en los ecosistemas del Cordón Serrano, y áreas naturales  antropizadas.  

H4) Un sistema de identificación de riesgos de gran escala y sus fuentes, incluyendo –si correspondiere- períodos de mayor criticidad. Entre los temas críticos podemos mencionar zonas de incendio, zonas de inundación de arroyos temporarios o vertientes serranas, y que fueran advertidos en estudios como lo es “ESTUDIO DEL PERFIL GEOMORFOLÓGICO DEL RÍO SAN ANTONIO, realizado por el CRSA Centro de la Región Semiárida que  depende del INA Instituto Nacional del Agua. Ídem zonas de deslizamiento de rocas o  de tierra, etc. 

H5) Un "Plan de Acción Ciudadana para Actuar ante Incendios" que incluya la realización de simulacros colectivos, ello en forma coordinada con las áreas de Bomberos Voluntarios de cada Municipalidad y Comuna, pero como parte de un sistema que involucre a toda la región. 


H6) Teniendo como premisa lo que estipula la Carta Orgánica Municipal en su Art N° 14 se implemente: Una base abierta de información pública, por Internet, Municipalidad por Municipalidad y Comuna por Comuna para que los ciudadanos puedan acceder libremente y en cualquier momento a todos los sistemas antes mencionados. Un sistema de educación ambiental que permita la interacción de sistemas educativos públicos y privados.  

  1. Todo lo anteriormente citado, si bien hace hincapié en el Cordón Montañoso (este)  de la ciudad de Villa Carlos Paz, con continuidad hacia otros Municipios y Comunas, deben ser algunos de los ejes elementales de una POLÍTICA AMBIENTAL DE ESTADO responsable para el presente y el futuro de nuestra sociedad, para que realmente la Ciudad de Villa Carlos Paz sea Sustentable. 


  1. Nuestro principio. “SI QUIERES DEFENDER AL PLANETA TIERRA, COMIENZA POR EL AMBIENTE MÁS PRÓXIMO”. 
Los VECINOS, ORGANIZACIONES SOCIALES, VECINALES, AMBIENTALES,  resuelven que: como resultado de los últimos acontecimientos y declaraciones  de conocimiento público a través de los Medios de Comunicación, nos establecemos en estado de ASAMBLEA PERMANENTE
Se propone por unanimidad  de los presentes designar  a la Vecina Señora Liliana Picatto, dándosele la autorización al respecto de las presentaciones pertinentes ante el Departamento Ejecutivo Municipal y ante el Concejo de Representantes de la Ciudad de Villa Carlos Paz y toda otra tramitación al respecto. 

ASAMBLEA PERMANENTE PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ 

VILLA CARLOS PAZ, 31 de Mayo de 2014 

CONTACTOS: 


PROYECTO DE ORDENANZA: JUNTA INTERCOMUNAL MUNICIPAL DE GESTION ECOLOGICA PARA EL RIO SAN ANTONIO

PROYECTO PRESENTADO
PHUMA Y FUNDACIÓN EDUCACIÓN AMBIENTE Y
TRABAJO - FUNEAT






El 12 de Abril de 2012 han sido ingresadas las notas correspondientes ante el Concejo de Representantes y Departamento Ejecutivo de Villa Carlos Paz con el Proyecto de creación de la JUNTA INTERCOMUNAL MUNICIPAL DE GESTIÓN ECOLÓGICA PARA EL RIO SAN ANTONIO.


JUNTA INTERCOMUNAL MUNICIPAL DE GESTION
ECOLOGICA PARA EL RIO SAN ANTONIO

FUNDAMENTOS:
                      
Esta iniciativa tiene como finalidad primera y objetivo principal tratar de mitigar y/o atenuar la eutrofización que degrada las aguas del Embalse del Lago San Roque, con la preservación y conservación de una amplia zona que conforma la Sub- Cuenca (Sur) del Río San Antonio, cuyo cauce baña las riberas de importantes conglomerados humanos que habitan en sus márgenes, tales como Tala Huasi, Cuesta Blanca, Icho Cruz, Mayu Súmaj, San Antonio de Arredondo y el municipio de Carlos Paz, y que termina siendo un afluente (segundo en relevancia) del Embalse del Lago san Roque, a quién aporta un caudal abundante de agua que pasa a conformar parte del reservorio de la ciudad de Córdoba, y del cual se nutren del líquido elemento más de un millón de personas. Esta subcuenca sur, también está integrada por el arroyo Los Chorrillos, afluente al que habrá que darle igual tratamiento.

No es desconocido para nosotros , los pobladores de estas localidades, que se hace imprescindible contar con un Marco o Referencia Regulatoria de esta gestión de preservación, a llevar a cabo por los representantes de las Instituciones que se encuentren insertadas en el medio, y que puedan llevar a cabo tareas y tomar Resoluciones, rápida y expeditivamente, sobre cuestiones inherentes a las problemáticas que se presenten, y que afecten a esta Región, que sin lugar a dudas se inspirará en las necesidades de los pobladores involucrados, como premisa ineludible.

El deterioro permanente de la Cabecera de Cuenca va en aumento a medida que pasa el tiempo y no se apliquen políticas dirigidas a eliminar varios problemas concordantes, que repercuten en la cantidad y calidad del agua, en la cantidad y calidad de playas de arena, además de aumentar constantemente la contaminación del curso del río, producida por el accionar del hombre que se instala a la vera del mismo, sin soslayar , minimizar o descuidar factores tales como el sobrepastoreo y/o actividades pastoriles, los incendios forestales, la tala (por nombrar algunos) y otros innumerables componentes que inciden individualmente, pero que en general se potencian al actuar de forma interrelacionada sobre un Ecosistema Frágil, como es el de las Sierras Chicas, degradándolo a extremos de conllevar a la desertización del mismo.

 La conformación de una Junta ad hoc apunta a la participación activa de los representantes y vecinos de las diferentes localidades que desarrollan actividades a lo largo de la subcuenca, de donde saldrán las acciones y resoluciones expeditivas y consensuadas en función de las necesidades que se presenten o de resolver problemas ambientales comunes.

Es fundamental y necesario promover tareas de concientización y formación, que no solamente alcancen los ámbitos educativos, sino que abarcativamente lleguen a la sociedad toda, a través de campañas de difusión permanentes sin límite en el tiempo, tanto en la población estable como ampliada a los turistas que nos visitan, fuente de divisas y desarrollo social y económico de la región motivo de esta Junta o Ente Intercomunal municipal.

Las decisiones tomadas desde el llano, con democracia participativa real, escuchando a quienes viven y sufren en el medio de que se trata, cerca de la gente, ejecutando políticas esenciales desde las organizaciones públicas y privadas con decisiones conjuntas, servirán para conseguir el Desarrollo Sustentable Regional.

Por lo expuesto y otras apreciaciones a tener en cuenta oportunamente, es que desde PHUMA - Protección Humana del Medio Ambiente y  FUNEAT - Fundación Educación, Ambiente y Trabajo, solicitamos a nuestros representantes que creen esta herramienta que nos permita actuar regionalmente:

Artículo 1º: Créase la Junta Intercomunal Municipal de Gestión Ecológica del Río San Antonio, que estará constituida por todas las localidades asentadas a la vera de su cauce y que adhieran a este proyecto. En principio, Tala Huasi, Cuesta Blanca, Icho Cruz, Mayu Súmaj, San Antonio de Arredondo y Villa Carlos Paz.

Artículo 2º: Esta Junta podrá integrar a las entidades públicas o privadas, colegios profesionales, asociaciones, fundaciones, clubes y toda otra que por sus actividades o acciones tengan injerencia directa en la zona determinada de este proyecto.

Artículo 3º: Esta Junta tiene por finalidad y son sus atribuciones:
  1. Prevenir la contaminación del Recurso Hídrico, eje principal sobre el cual se asienta la economía de la región.
  2. Promover y desarrollar acciones para conseguir la recuperación de la vida animal y vegetal autóctonos principalmente.
  3. Apoyar a las Autoridades de Aplicación coadyuvando al cumplimiento de las leyes provinciales vinculadas y concordantes con este proyecto, especialmente las que se refieren a la preservación y cuidado de los recursos hídricos, recursos forestales, caza y pesca, preservación de flora y fauna, policía minera, motonáutica, prevención de la contaminación por agentes químicos, bacteriológicos o radiactivos, prevención de incendios rurales, prevención ante crecientes repentinas, preservación de los recursos naturales no renovables, paisajísticos, extracción de áridos y , en general todas aquellas acciones tendientes a preservar y conservar el Medio Ambiente y el equilibrio ecológico.
  4. Promover y colaborar en la elaboración de los Códigos Ecológicos y Urbanísticos de cada ciudad que integre la Junta, donde el Turismo es fuente principal del ingreso económico de sus habitantes y que permite el desarrollo social; implementando una Planificación adecuada acorde a las circunstancias del creciente aumento demográfico zonal.
  5. Regular el uso de los recursos en forma racional, permitiendo e incentivando actividades con vista a obtener mayores ingresos familiares sin deteriorar esos recursos zonales.
  6. Respetar y difundir las costumbres y tradiciones regionales como forma de acrecentar los esparcimientos turísticos que valoren las mismas.
  7. Incentivar y promover Planes de Forestación en el ámbito público y privado, más aún en la Cabecera de Cuenca.
  8. Relevar y declarar zonas de interés general determinados ámbitos sujetos a ser protegidos especialmente, conservándolos como patrimonio departamental o regional.
  9. Llevar adelante campañas de difusión que propendan a generar hábitos conservacionistas, tanto en la población estable como en los turistas que visitan la región.
  10. Promover, apoyar e incentivar el cultivo artificial, para comercialización, de plantas medicinales y/o aromáticas, protegiendo las especies silvestres.
  11. Cooperar con las Instituciones Educativas de la zona motivo de esta Junta, promoviendo, apoyando e impulsando Proyectos Educativos Ambientales que se adecuen a la problemática regional, de su entorno, brindando las condiciones necesarias para entender la propia realidad y transformarla para mejorar el hábitat.
  12. Generar recursos los económicos necesarios para el funcionamiento de la Junta, de acuerdo al porcentaje de potenciales contaminantes o ingresos por tributos, etc.
  13. En definitiva, construir políticas comunes que hagan a la Conservación y resguardo del Patrimonio Cultural y Natural de la región, aportando medios y apoyo a las tareas educativas, de difusión, de control, etc.
Artículo 4º: Adherir dentro del marco legal a los artículos 190, 191, 192 y concordantes de la Constitución Provincial, a las Autoridades de Aplicación de las leyes 7343, 6964 y concordantes, como así también a todo organismo provincial que por estas leyes deba tener participación necesaria, requiriendo asesoramiento técnico y medios idóneos a los mismos, a fin de dar cumplimiento a las leyes de que se trate.

Artículo 5º: Los funcionarios que integren esta Junta apoyarán y acompañarán las gestiones que la misma realice ante autoridades nacionales, provinciales u otras que entiendan en las actividades específicas.

Artículo 6º: Todos los miembros que integren esta Junta desempeñarán sus funciones ad honorem.

Artículo 7º: Una vez iniciada formalmente su actividad, la Junta elaborará y aprobará su Reglamento Interno de funcionamiento en el término de 30 días.

Artículo 8º: de forma

FIRMAN: PHUMA y FUNEAT






DOCUMENTO BASE POR EL SALVATAJE DEL EMBALSE DEL DIQUE SAN ROQUE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2013

SÍ AL MANEJO INTEGRAL Y PARTICIPATIVO DE LA CUENCA DEL LAGO SAN ROQUE. NO A SU MUERTE POR DESIDIA Y EUTROFICACIÓN”





Hoy por 15 de septiembre de 2013 Vecinos y Organizaciones Ambientales y Sociales - pese al frio y viento de un día destemplado - nos encontramos en el Playón Municipal de la Ciudad de Villa Carlos Paz con una consigna: TODOS POR EL SAN ROQUE. Al finalizar el encuentro donde se fijaron pautas hacia el futuro próximo, se leyó un Documento para que desde la participación ciudadana sea discutido y enriquecido: 

DOCUMENTO BASE

Documento base de propuestas elaborado por la Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM) y la Cátedra de Biología Evolutiva de la Facultad de Psicología (Universidad Nacional de Córdoba), con el aporte de: P.HU. M.A. (Protección Humana del Medio Ambiente; FUNEAT (Fundación Educación, Ambiente y Trabajo); Comisión en Defensa de los Derechos Humanos de Villa Carlos Paz; Vecinos Autoconvocados de Barrio Costa Azul Sur, Asamblea Vecinos Autoconvocados Barrio Sol y Río Línea Fundadora. 


UNA CUENCA y UN EMBALSE DEL DIQUE SAN ROQUE: PRINCIPAL FUENTE DE AGUA PARA EL CONSUMO HUMANO


 El San Roque, que abastece de agua a la región más densamente poblada de la Provincia de Córdoba, es una especie de calle sin salida, esto es, un ambiente en el cual entra y sale agua fluvial, y en cuyo fondo van acumulándose inexorablemente sólidos residuales de todo tipo. 

Como cualquier lago su existencia es transitoria, es decir tiene un tiempo de vida útil, pero de todos nosotros depende que su vida útil sea lo más extensa posible, y que su calidad se mantenga aceptable. Solamente un buen manejo de toda su cuenca de captación, incluidas las "fuentes naturales" de agua (San Antonio, Chorrillos, Las Mojarras, Cosquín), y las "fuentes culturales de contaminación" (industrias, cultivos pulverizados con plaguicidas, sobrepastoreo, Yacimiento uranífero Los Gigantes ( Sin remediar), incendios, desmontes, descargas cloacales y de otros contaminantes peligrosos y/o tóxicos, descargas de lanchas a motor, destrucción de faldeos y bosques serranos, lixiviados de basurales, etc.) permitirán que se mantenga más tiempo como lago artificial o embalse –que haya menor reducción de su volumen útil- y con una mejor calidad de agua. 

El lago, tal como lo identificamos, es en realidad un embalse, obra de la ingeniería hidráulica tiene sus fábricas de aguas, arriba de las cuatro subcuencas principales. 
El "lago" depende de lo que suceda en los 1.750 kilómetros cuadrados de superficie de su cuenca activa y en las costas de los cuatro subsistemas hídricos que lo alimentan, pero también de lo que ocurra en las costas del propio lago. 

Mientras que un contaminante cualquiera descargado aguas arriba del río Cosquín cuenta al menos con el poder de dilución y la posibilidad de ser degradado antes de que el río se vuelque sobre el San Roque, toda descarga directa al lago no tiene esa ventaja. 

De allí que es necesario mantener intacto, por los Servicios Ambientales que presta, los ecosistemas naturales cercanos al perilago, como lo son los terrenos adquiridos por Villa Carlos Paz al III Cuerpo de Ejército, que forma parte por continuidad, de un gran espacio natural, como lo es el ENIC Espacio Natural de Interés de Conservación de la Biodiversidad, que fuera creado no hace mucho tiempo. Nunca debe olvidarse que el lago actúa como trampa "quieta" de los contaminantes que llegan desde los puntos más distantes de la cuenca, desde sus propias costas y desde las embarcaciones a motor que lo circulan. 

No hay posibilidad de prolongar la vida útil del lago San Roque si no se maneja el mosaico de ecosistemas de su cuenca de captación, donde lamentablemente los ambientes naturales van siendo cada vez menos extensos y menos biodiversos, y si para ese manejo no interactúan coordinadamente y con participación social la totalidad de sus jurisdicciones (municipalidades, comunas, provincia). Actualmente existe un Comité de Cuenca Virtual, o comité de papel. 

La supervivencia del lago solo será posible si se reorganiza y relanza el Comité de Cuenca para que genere y administre, participativamente, un Programa de Manejo con rango de política de Estado. 

Los problemas aguas arriba


 Los principales problemas son la alarmante reducción de la superficie que ocupa el sistema natural de las sierras (desmonte, destrucción y quema de bosques de coco y molle, romerillales, pastizales de altura, bosquecillos de altura); la expansión de la frontera agropecuaria sobre topografías complejas (cultivos de papa, cultivos de soja, cultivos de pinos, todos ellos acompañados por el uso masivo e indiscriminado de plaguicidas); la invasión de laderas con asentamientos humanos y obras de infraestructura incompletas y mal diseñadas; la alteración de los cauces y costas de los ríos y la extracción desmedida e irracional de sus aguas; la construcción y operación de caminos de montaña sin racionalidad ni adaptación al medio (variante Costa Azul, camino del Cuadrado); la minería de superficie (incluidas actividades mineras ya clausuradas, como la mina de uranio de Los Gigantes, y las productoras de cal que utilizan maderas nativas en sus hornos); las fuentes urbanas de contaminación (industrial, cloacal, comercial, tendidos eléctricos, plantas de transformación eléctrica); la destrucción, poda y mutilación de la vegetación urbana; los vertederos de basura, generalmente abiertos y periódicamente sometidos a fuego; la ocurrencia de incendios; la erosión hídrica y eólica de ambientes degradados; la caza; la extracción irracional de fauna y flora; la pesca ilegal; el saqueo de bienes arqueológicos e históricos, etc. 

Los problemas en el lago San Roque


El principal problema del lago San Roque es su incesante proceso de degradación. En la zona más superficial de este lago eutrófico (epilimnion) el exceso de fósforo y nitrógeno provoca un crecimiento poblacional excesivo de bacterias verdeazuladas que liberan toxinas (hepatotoxinas, neurotoxinas). 

Estas bacterias fotosintéticas también oxigenan generosamente la porción de agua que recibe luz solar. Pero en la zona más profunda del lago (el hipolimnion) la cantidad de oxígeno disuelto es habitualmente baja. 

Allí suelen actuar bacterias anaerobias, es decir, microorganismos que no necesitan oxígeno. Algunas de sus especies toman el fósforo que está en los sedimentos del fondo, y contribuyen a movilizarlo hacia la superficie, lo que agrava la eutrofización. Hasta ahora la pobre política ambiental del gobierno de la provincia y de las Municipalidades ribereñas se ha concentrado únicamente en el tratamiento incompleto de líquidos cloacales y en la progresiva instalación de aireadores en las aguas del lago. 

Lamentablemente no atacan los problemas de fondo del sistema. Recordemos que la mayor parte de las áreas de problema que deterioran la calidad de las aguas afluentes al San Roque son, a escala, las mismas que actúan en las zonas aledañas al lago. Lamentablemente, el escenario de descontrol y de ausencia de gestión aguas arriba es el mismo escenario que se registra en la zona del lago y sus ambientes aledaños. 

Las soluciones participativas


 Entre las medidas urgentes para lograr un manejo sustentable de la cuenca total del lago San Roque y del propio lago proponemos las siguientes: 

 1. Reorganizar y relanzar el Comité de Cuenca del lago San Roque, garantizando una estructura y funcionamiento participativo. El Comité de Cuenca debe integrar dentro de su estructura a las organizaciones de la sociedad civil. 

 2. Generar, desde este Comité de Cuenca Participativo, un Programa de Manejo de la Cuenca del lago San Roque elaborado en base a todos los estudios realizados sobre el lago y la cuenca completa (1.750 kilómetros cuadrado), incluidos los aportes de una las propuestas pioneras de manejo ("Un lago limpio para todos"). 

 3. Generar, adecuar, ensamblar y coordinar normas y poderes de policía relacionados con los siguientes temas y prohibiciones: 

 3.1. Absoluta prioridad a la regulación de los usos del suelo y a la definición de un Esquema de Ordenamiento Territorial. Por ejemplo, de poco sirve "cortar" la provisión de fósforo desde las profundidades del San Roque, que alimentan las floraciones bacterianas, si las cuatro principales cuencas aportantes al lago (San Antonio, Cosquín, Mojarras, Los Chorrillos) siguen ingresando fósforo, nitrógeno y materia orgánica. Urge balancear las superficies destinadas a ambiente nativo y servicios ambientales, con las superficies destinadas a producción (cadenas cortas) y asentamientos humanos. 

 3.2. Prohibir todo nuevo desmonte en la cuenca. Prohibir específicamente la extracción, comercialización y venta (incluida exportación) de palmeras vivas y de otros organismos vivientes, vegetales y animales, que actualmente se obtienen de ambientes nativos. 

 3.3. Prohibir los cultivos de papa, soja y otras especies, sobre todo transgénicas (OGMs), en zona serrana sensible. 

 3.4. Impedir la localización de loteos en faldeos en base a un criterio unificado de alturas y declives. 

 3.5. Evitar que las canteras públicas y privadas sigan destruyendo los cauces de los ríos. 

 3.6. Disminuir la superficie impermeabilizante en los asentamientos humanos y en los ambientes naturales de la región, favorecer los fenómenos de infiltración hídrica y minimizar los procesos de escorrentía. 

 3.7. Erradicar los basurales abiertos y rechazar la instalación de vertederos regionales, adoptando Programas de Basura cero localidad por localidad. Urge incrementar el reciclaje, la reutilización y la instalación de composteras unifamiliares y multifamiliares (entre otras medidas). En este contexto, descartar todo sistema de quema de basurales, de incineración masiva de residuos, de incineración por etapas de residuos y de quema de residuos peligrosos como combustible alternativo. 

 3.8. Desalentar el uso de madera nativa como combustible de gran escala. 

 3.9. Impulsar sistemas de tratamiento de líquidos cloacales descentralizados, en lo posible con sistemas terciarios que reduzcan la descarga de fósforo y nitrógeno. Desalentar en la población la descarga a los inodoros y por extensión a las colectoras cloacales, de residuos peligrosos líquidos. 

 3.10. Reducir al mínimo la ocurrencia de incendios y fortalecer no solamente la alerta temprana de incendios sino también el combate temprano con uso concentrado y masivo de personal y dispositivos. 

 3.11. Prohibir la caza en todas sus variantes, incluida la variante de "turismo cinegético". 

 3.12. Prohibir la extracción de ejemplares vivos de la fauna y flora autóctona. 

 3.13. Prohibir la utilización de embarcaciones a motor en el lago pues descargan hidrocarburos y metales pesados. 

 3.14. Prohibir el uso de pirotecnia que pueda generar incendios en ambientes naturales y urbanos. 

 3.15. Revalorizar el pasado y presente indígena de la región. 

 3.16. Declarar "Zonas No Nucleares" y "Zonas No Megamineras", ello mediante ordenanzas, todas las Comunas y Municipalidades que no lo hubieran hecho. 

 3.17. Prohibir la aplicación de todo tipo de plaguicidas, por vía terrestre y aérea, en los alrededores de las zonas urbanas y de asentamiento humano, ello en una franja, como mínimo, de 2.500 metros. 

 3.18. Desarrollar en cada Municipalidad y Comuna pautas de sustentabilidad en sus edificios, dispositivos y operaciones destinados a ahorrar agua, electricidad, papel y demás insumos, y a disminuir –por ejemplo- la producción de residuos en general. Incluir pautas de sustentabilidad –por ejemplo teclas de doble posición en inodoros o rosetas en lluvias y grifos; uso de aljibes; uso de colectores solares para el calentamiento de agua- en los Códigos de Edificación. Generar sistemas de incentivos y desincentivos. 

 4. Coordinar el trabajo mancomunado de las administraciones ambientales, tanto de las Municipalidades y Comunas, como del gobierno de la provincia de Córdoba. En este contexto urge establecer: 

 4.1. Un sistema de telemonitoreo ambiental, particularmente basado en el seguimiento de imágenes satelitales para detectar cambios en los usos del suelo y otras alteraciones. Este sistema debe incluir la conformación de mapas continuos que muestren el avance y retrocesos de los distintos tipos de ambiente, en particular de ambientes nativos. 
 4.2. Un sistema de monitoreo ambiental que permita medir los niveles de contaminación material de aire, suelo, agua (subterránea, de red, ríos, lago), organismos vivos indicadores y alimentos, y de contaminación energética del aire (por ruidos molestos, por radiación ionizante, por radiación no ionizante), ello siguiendo un protocolo técnico y una modalidad de monitoreo continuo. Informar continuamente a la población sobre el nivel de contaminación del lago y de los ríos (contaminación química, contaminación microbiológica). 

 4.3. Un sistema de monitoreo de la presencia de contaminantes materiales en sangre, orina y leche materna, principalmente plaguicidas y demás contaminantes de origen industrial y comercial. 

 4.4. Un sistema continuo de registro de la morbilidad y mortalidad general, con su indicación geográfica (mapas y planos de distribución de los datos). 

 4.5. Un sistema de monitoreo de la biodiversidad en los distintos tipos de ecosistema, naturales y antropizados. 

 4.6. Un sistema de identificación de riesgos de gran escala y sus fuentes, incluyendo –si correspondiere- períodos de mayor criticidad. Entre los temas críticos podemos mencionar zonas de incendio, zonas de inundación de arroyos y ríos, zonas de deslizamiento de tierra, etc. 

 4.7. Un "Plan de Acción Ciudadana para Actuar ante Incendios" que incluya la realización de simulacros colectivos, ello en forma coordinada con las áreas de Bomberos Voluntarios de cada Municipalidad y Comuna, pero como parte de un sistema que involucre a toda la región. 

 4.8. "Plan de Acción Ciudadana para actuar ante accidente nuclear" que pueda incluir la realización de simulacros colectivos. Se refiere, específicamente, a las acciones que debería realizar la población si el reactor nuclear de Embalse o sus depósitos de combustible nuclear agotado sufrieran un accidente o evento nivel 7 en la escala del INES (escala desarrollada por el Organismo Internacional de Energía Atómica). FUNAM y la Cátedra de Biología Evolutiva de la Facultad de Psicología (Universidad Nacional de Córdoba) han desarrollado y ofrecen una versión libre de "Plan de Acción Ciudadana para Enfrentar Accidentes y Eventos Nucleares" (ver www.funam.org.ar). 

 4.9. "Plan de acción ciudadana para actuar en caso de inundación" que incluya, dentro de cada Municipalidad o Comuna, las áreas susceptibles de sufrir inundación. 

 4.10. Una base abierta de información pública, por Internet, Municipalidad por Municipalidad y Comuna por Comuna para que los ciudadanos puedan acceder libremente y en cualquier momento a todos los sistemas antes mencionados.

4.11. Un sistema de educación ambiental que permita la interacción de sistemas educativos públicos y privados. 








FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

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ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii
Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO