viernes, 1 de mayo de 2015

SOBRE UNA CARTA DEL LECTOR DEL SEMANARIO EL BAMBA - EDICIÓN N° 613 - 1 DE MAYO DE 2015


SEGUIMOS CON LOS PARCHES Y MUCHO MÁS

Muy interesante lo que leemos en una Carta del Lector del Semanario El Bamba N° 613 del día 1 de Mayo de 2015.

Podemos disentir sobre algunas cosas que se plantean en este artículo del Semanario El Bamba, pero no en la cuestión de fondo.

VER ARTÍCULO SEMANARIO EL BAMBA:

Seguimos con los Parches

http://www.elbamba.com/ediciones/seguimos-con-los-parches/

NUESTROS RECLAMOS

Hemos reclamado de forma continua sobre  la MORA EN LA REDACCIÓN DEL CÓDIGO AMBIENTAL, tal cual lo manda la Carta Orgánica  con la compilación y otros procesos de ordenamiento del Digesto Municipal.

Lo que viene ocurriendo en los últimos días con el ingreso de Ordenanzas que "ordenarían" en los Terrenos llamados del Tercer Cuerpo de Ejército nos dan la razón. ¿Es constitucional ordenar sobre terrenos que no pertenecen al ejido de Villa Carlos Paz?

El atropello que se quiere hacer de este Territorio mencionado, casi 300 hectáreas, que ya han sido altamente impactadas, y que juega un papel fundamental en la mitigación y atenuación de efectos tan negativos como lo es el Basural a cielo abierto, la Planta de Líquidos Cloacales, el Circuito de Rally o circuito Espejo que junto con el Playón de Estacionamiento de Ómnibus de Larga Distancia, estaría camuflados  de actividades "Recreativas - Educativas".

OTRAS PALABRAS EN OTROS TIEMPOS

¡Que desprecio se tiene sobre este territorio colindante con las 15.000 Hectáreas de la Reserva de la Defensa La Calera! Y pensar que hubo un legislador como el Señor Ex Legislador de la Provincia de Córdoba y Actual Secretario de Calidad Institucional, Desarrollo Social y Educación del Municipio de Villa Carlos Paz, Omar Ruíz  que se manifestó de forma pública y notoria respecto al Proyecto de Ley de la COTBN Comisión de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, que fuera cercenado por la Ley de Bosques, bien llamada "Ley de Desmontes" N° 9814 de la Provincia de Córdoba. 

VER:



El mismo Legislador y sus "Asesores" eran también quienes apoyaban la creación del ENIC  -  Espacio de Interés para la Conservación de la Biodiversidad en los Terrenos del Tercer Cuerpo La Calera.

VER:



Ex Legislador Omar Ruiz quinto en primera fila de derecha a izquierda
VER:


El mismo Ex Legislador Omar Ruiz debatió en Villa Carlos Paz, con otro Ex Legislador por Punilla  Rodrigo L. Serna:






¿Adonde quedaron esos principios? Ahora se promueve la creación de un Parque Industrial en estos Terrenos que son los últimos resguardos para recuperar un Embalse Decadente como lo es el San Roque.

Las palabras quedan registradas y se contraponen a lo que se defendía a otros tiempos:





Sin Código Ambiental PARTICIPATIVO, tal como lo proclamábamos en el FUAP Foro Urbano Ambiental Permanente, que bajara el debate hasta el último rincón de Villa Carlos Paz, y no como fruto de algunos iluminados que quieren entender sobre el tema, es imposible hablar de PLANIFICACIÓN y menos de PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA. 

Durante el 2014 estuvimos reclamando por un Código Ambiental y que se suspendieran los tratamientos de todo tipo de Resolución u Ordenanzas que regularan sobe el AMBIENTE o TERRITORIO FÍSICO DE LA CIUDAD.



Queda perfectamente claro, que la gran coincidencia con el artículo del Semanario El Bamba, es la MORA EN LA REDACCIÓN DEL CÓDIGO AMBIENTAL. Responsabilidad del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz. Lo dice la Carta Orgánica Municipal: AMBIENTE - NORMA GENERAL Artículo 11: El Municipio protege al ambiente contra cualquier forma de depredación, destrucción o contaminación. La prevención del daño ambiental y la recomposición del ambiente dañado por las actividades humanas es deber indelegable de aquél. Ejerce con carácter pleno e irrenunciable las acciones relativas a la protección ambiental. El Concejo de Representantes dicta el Código de Medio Ambiente
VER: 


Los hechos hablan por sí solos.


Villa Carlos Paz, 1 de Mayo de 2015

FUNDACIÓN EDUCACIÓN, AMBIENTE Y TRABAJO



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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

escudo de villa carlos paz
ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii
Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO