jueves, 28 de febrero de 2008

NOTA PUBLICADA EN DIARIO "LA VOZ DEL INTERIOR" LUNES 4 DE FEBRERO DE 2008

Opinión
Mar Chiquita espera que reglamenten dos leyes

Debe acentuarse el control de agroquímicos, de efluentes industriales y de la actividad minera. También hay que sostener caudales mínimos de las cuencas del Suquía, el Xanaes y el Salí-Dulce. Es uno de los humedales más grandes de Sudamérica. Juan Carlos Paesani Ingeniero químico y laboral. Especializado en temas de población y ambiente.
La laguna Mar Chiquita y los Humedales del río Dulce constituyen el sitio Ramsar argentino número 11. Situado en gran parte en nuestra provincia de Córdoba y en Santiago del Estero, es uno de los más extensos de Sudamérica y del mundo. Los humedales deben ser valorados como ecosistemas sumamente importantes del planeta, que entregan bienes capitales: ambientales, económicos y sociales. Muchos de estos bienes son irreemplazables, de allí que se debería justipreciar en toda su magnitud al humedal de los Bañados del Río Dulce y la Laguna Mar Chiquita. La Argentina ha adherido a la Convención Ramsar, compromiso que fue ratificado por el Congreso de la Nación en el año 1991. La Convención resalta como muy importante a este lugar, dado que es un hábitat de aves acuáticas. Para alcanzar la proclama de “Humedales sanos, gente sana”, la convención compromete a los distintos países que la firmaron a atender al correcto manejo de este ecosistema tan extenso en particular. Debe acentuarse el control sobre los agroquímicos, los efluentes de industrias contaminantes, las consecuencias de las explotaciones de la megaminería, las inundaciones y el sostén de caudales mínimos en épocas de sequía; la protección de bosques nativos y pastizales, las acciones de saneamiento y control de plagas –como los mosquitos por caso particular–, la provisión de agua potable, el planeamiento desde las carteras de salud pública, el ordenamiento territorial y la utilización del suelo. Esto es así porque todos estos aspectos tienen consecuencias directas y positivas sobre la salud del ecosistema y de los seres humanos que lo habitan. La provincia de Córdoba tiene dos deudas importantes que no fueron atendidas hasta ahora: las reglamentaciones de las leyes 8.941 de Creación de la Reserva Hídrica Los Gigantes y 8.770 de Creación de la Reserva Recreativa Natural Valle del Cóndor, instrumentos inútiles si el Poder Ejecutivo Provincial no actúa en consecuencia y en forma sumaria. El origen del agua. Ambas reservas son cabeceras de cuencas de los ríos Suquía y Xanaes, que tienen directa relación con el humedal, de allí que la problemática deba ser observada en toda la extensión territorial. Hasta el momento se ha hecho oídos sordos a los reclamos de distintas organizaciones no gubernamentales para que se cumpla con el espíritu de las leyes sancionadas pero no reglamentadas. En la reserva hídrica Los Gigantes todavía espera ser remediado el ex yacimiento uranífero que explotó la Comisión Nacional de Energía Atómica. Argentina debe generar políticas de estado muchísimo más comprometidas que las actuales en defensa de estos sitios. Para el caso de la laguna Mar Chiquita, tanto Córdoba como Santiago del Estero y Tucumán, que integran el sistema del Río Salí-Dulce, deben actuar en consecuencia con la Nación, por ser una cuestión federal. Sin una administración responsable de los recursos hídricos de los dos principales ríos de Córdoba que aportan a la laguna (Suquía, Xanaes y cuencas de arroyos y ríos de las sierras chicas a la vera de la ruta 9 norte) y de los del sistema Salí-Dulce, se pondrá en riesgo la sustentabilidad de este sitio Ramsar. Deben discutirse además los caudales mínimos para no afectar la superficie del humedal, lo que fuera puesto de manifiesto a través de La Voz del Interior en abril de 2007. Allí se advirtió: “Ahora el riesgo es que el agua baje y afecte bañados de Mar Chiquita”, en referencia a un libro que reúne trabajos de 34 especialistas. La negociación debe implementarse en forma urgente, tomando a todo el ecosistema, que es una cuenca endorreica, para que no acontezca un desastre como el ocurrido con el mar Aral en Asia. Para estos mares o lagos salinos interiores es clave el manejo del hombre, el manejo responsable de los afluentes y del sistema en su totalidad. Hasta el momento, poco se hace sobre el tema, a pesar de las advertencias de los científicos que han realizado estas importantes investigaciones desde la Academia Nacional de Ciencias de Córdoba y otras instituciones. Es esencial que continúen los trabajos de investigación y control, inter y multidisciplinarios para que este humedal, que tiene una importancia fundamental en la regulación de los ecosistemas del centro de la República Argentina, no sufra mayores deterioros, que podrían ser irreversibles, parecidos a los que se observan en la actualidad en el mar Aral. En el Día Mundial de los Humedales, tomamos al más cercano de ellos como referencia de atención, en el marco del cambio climático global, sin que por ello no deban tomarse acciones concretas en el resto de los otros 14 sitios de parte de la Nación y las provincias, así como la concientización social y de educación, sobre la importancia de los mismos, situación que ha quedado reflejada como prioridades de conservación de los bañados del río Dulce y laguna de Mar Chiquita.
JUAN CARLOS A. PAESANI
ING. QUÍMICO - ING. LABORAL
POST GRADO POBLACIÓN y MEDIO AMBIENTE

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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

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