viernes, 31 de agosto de 2012

ARTÍCULO EN EL SEMANARIO "EL BAMBA" VIERNES 31 DE AGOSTO DE 2012

El Bamba.com | Las noticias de Villa Carlos Paz

Interés General 
Edición 485 
29 de agosto: Día del Árbol. 
Que la visión del árbol no impida ver el bosque 31 AGOSTO, 2012 | 485, EDICIONES,  
Cara y cruz de una realidad 


El 29 de agosto fue instituido como el día del árbol. Domingo Faustino Sarmiento, presidente de la República de la Nación Argentina (de 1868 a 1874) en un discurso subrayó: «El cultivo de los árboles, conviene a un país pastoril como el nuestro, porque no solo la arboricultura se une perfectamente a la ganadería, sino que debe considerarse un complemento indispensable», agregando: «La Pampa es como nuestra República, tala, rasa. Es la tela en la que ha de bordarse una nación. Es necesario escribir sobre ella ¡Árboles! ¡Planten árboles!». La prédica de Sarmiento encontró eco treinta años después, cuando el 29 de agosto de 1900, el Consejo Nacional de Educación, en base a la iniciativa del doctor Estanislao Zeballos, instituyó dicha fecha, en celebración al «Día del Árbol», y cuyo festejo se concretó a partir de 1901. (1) 

 ¡Plantemos árboles… y cuidemos los árboles! 

En la provincia de Córdoba y otras provincias argentinas ocurre todo lo contrario a lo que decía Sarmiento. La Ley de Bosques de Córdoba Nº 9814 (verdadera ley de desmontes en la realidad), es la más clara realidad que esta prédica no importa en absoluto y por diversas razones que debemos analizar en conjunto, para que la visión del árbol no nos impida ver el bosque, en su magnitud y su biodiversidad. 

Derechos de los árboles (2) * 

Los árboles tienen derechos, igual que los seres humanos y los animales. * Tienen derecho a la vida. * Tienen derecho a ser protegidos, y tener cubiertas sus necesidades de luz, agua, aire y espacio. * Tienen derecho a no ser dañados. Todo lo que ponga en peligro su vida es un asesinato (fogones, incendios de reservas o parques). * Tienen derecho a cumplir su ciclo, y la tala indiscriminada les niega ese derecho. Si la tala es necesaria, hay que hacer una plantación equivalente en el mismo lugar. * Tienen derecho a crecer. Destruirlo siendo pequeño y sin haberse reproducido atenta contra la especie, e indirectamente contra nosotros mismos. * Tienen derecho a no ser podados irracionalmente 

¿Qué ocurre en Villa Carlos Paz y su territorio? 

Comencemos a desglosar los derechos de los árboles en nuestro medio. De allí la Cara y Cruz de una misma moneda y a eso apuntamos que se vea el todo, lo holístico, la moneda en toda su extensión, en el lugar donde vivimos. Hace pocos días una persona dedicada a la investigación como lo es la doctora en Biología Emma Estela Bonino del Centro de Zoología Aplicada de la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba, nos supo decir más o menos esto: «No podemos abarcar el todo, tenemos que dar testimonio de lo cercano en donde vivimos, de allí que si esto se multiplicara en otros sitios, daríamos solución al todo». Pero vayamos a los derechos de los árboles de Villa Carlos Paz. ¿Tienen derecho a la vida? Desde PHuMA Protección Humana del Medio Ambiente y Funeat Fundación Educación; Ambiente y Trabajo, venimos realizando controles y relevamientos de los bosques autóctonos de la Ciudad de Villa Carlos Paz. 

Valgan los ejemplos: 

Sumidero de líquidos cloacales del Plan Federal Las 400 Viviendas: 

Ya hemos advertido de la gravedad de la situación y el peligro que corre todo un ecosistema que forma parte del corredor ambiental de nuestro territorio. A causa de un proyecto (que ha costado dinero a todos los ciudadanos ¿despilfarro?) y no funciona en la actualidad, como no funcionó desde el mismo principio. Los árboles de esa parte de un bosque serrano tienen sus raíces sumergidas en los líquidos provenientes de la Planta de Tratamientos de Líquidos Cloacales del Barrio Plan Federal las 400 Viviendas. 

¿Hasta cuándo van a resistir? 

Tampoco resistieron los cientos de «fresnos» implantados hace pocos años, siendo árboles exóticos en una reserva, como lo es la Reserva hídrica Los Gigantes (Ley Provincial Nº 8941). Demás está decir la contaminación que se produce, nada más ni nada menos, que una RESERVA HÍDRICA y los problemas sanitarios que derivan de los suelos saturados con aguas estancadas donde proliferan las larvas de mosquitos. Como vemos, la acción del hombre modifica al ecosistema: mata a los árboles, quiere dar vida a árboles exóticos y a plagas que atentan contra la salud, mientras la biodiversidad del lugar va perdiéndose día a día. 
¿Qué del derecho: «Tienen derecho a crecer>?. 
Destruirlo siendo pequeño y sin haberse reproducido atenta contra la especie, e indirectamente contra nosotros mismos»? Pues… en este lugar no sólo están en peligro árboles maduros sino renovales que tratan de resistir a los incendios. 

Bosque serrano del cordón montañoso (Este) de Villa Carlos Paz. 

También llamada Área Protegida AP1 (3) y (4). Hace ya años hemos denunciado lo que está ocurriendo. Y lo grave que está ocurriendo, es que año tras año siguen avanzando las especies exóticas e invasoras como los Olmos, Siempreverdes, Paraísos, Ligustrines, Acacias Negras, etc. Año tras año las invasoras van «ahogando» al bosque autóctono y también modificando toda su biodiversidad en flora y fauna. ¿Adónde quedó este derecho del árbol: «Tienen derecho a ser protegidos, y tener cubiertas sus necesidades de luz, agua, aire y espacio»? Por favor… solicitamos se atienda a estas cuestiones tanto en el área de la Reserva Hídrica, como en el Área Protegida AP1. En esta última bienvenida el implante de árboles, siempre y cuando se haga con tino, conocimiento y un plan de forestación predeterminado. En estas cuestiones no bastan los buenos deseos. Esperamos que lo que se haga sea teniendo en cuenta el ecosistema donde se implanten los árboles, caso contrario estaremos produciendo un impacto negativo. El entorno debe observarse en lo particular y en lo general. 

Las propuestas 

Las propuestas, para que quede bien en claro, ya que luego se levantan voces diciendo que no hacemos propuestas; de hecho voces engañosas, siempre hemos hecho propuestas y para el caso, quedan en claro: 
 1) Ante los suelos inundados, saturados, por líquidos cloacales, que no se implanten nuevas especies exóticas y que cesen los vertidos en ese lugar. Hay soluciones de fondo como la construcción del ducto de recolección de aguas negras, que no sólo beneficiará a un barrio en particular (Las 400 Viviendas), sino también a una gran parte de la ciudad de Villa Carlos Paz, mejorando la situación del embalse del Dique San Roque; otra razón que está relacionada con lo anteriormente expuesto. 


 2) Respecto a las Áreas Protegidas AP1, se inicie de forma inmediata, el control de las especies exóticas e invasoras. De nada servirá plantar algunos cientos de árboles, mientras miles mueren ahogados, por los árboles que no deben estar allí y multiplicándose sin cesar. 




Conclusiones 

De allí la CARA y CRUZ de la MONEDA y que la VISIÓN DEL ÁRBOL NO NOS IMPIDA VER EL BOSQUE. Desde las dos OANGs (Organizaciones Ambientales No Gubernamentales), llamamos a la reflexión a los funcionarios del Área de Ambiente del Municipio de Villa Carlos Paz. Tenemos suficientes argumentos y gundamentos para decir lo que decimos y proponer lo que proponemos. El tiempo de reacción es fundamental en los dos casos que hemos tomado por su gravedad, aunque habría otros aspectos de árboles en lo urbano y bosques autóctonos, en nuestro territorio, que deberían ser abordados.


Citas (1) y (2) 
(4) Publicación Semanario BAMBA 2 de septiembre de 2009




FUNEAT (Fundación Educación, Ambiente y Trabajo) 
PHUMA (Protección Humana del Medio Ambiente)

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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

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ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

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Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO