miércoles, 26 de marzo de 2008



OBRA DE AMPLIACIÓN AVENIDA CÁRCANO.
UNA VEZ MÁS.
AUNQUE SOLO SEA LA PUNTA DE UN ICEBERG QUE NO SE QUIERE VER EN EL TERRITORIO DONDE SE UBICA Y PERTENECE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ .


¿LAS LEYES ESTÁN HECHAS PARA CUMPLIRLAS?

“No temas a la ley justa, sino a la forma en como se aplican o la violamos los seres humanos”
El autor


Quién comience leyendo el título de este artículo, quizás piense que la pregunta es algo que no tiene sentido. Como podría pensarse que en un estado de derecho, las Leyes fueran hechas para que se den dudas como éstas. Sin embargo...... cada uno de nosotros, en nuestro interior haga su propio examen de conciencia.

En estos días, los vecinos y padres de Villa Carlos Paz, debieron salir nuevamente a manifestarse- por decirlo de alguna forma- al respecto de la controvertida Obra de “Ampliación Avenida Cárcano”. El lema: EN DEFENSA DE LA VIDA. Ya se van a cumplir en los próximos meses, tres años del comienzo de la misma. Demás está decir todos los problemas que ha ocasionado, ocasiona y ocasionará en el futuro. Tantas veces hemos hablado del IMPACTO AMBIENTAL, de la EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL- E.I.A., y pareciera o nos miran asombrados como si estuviésemos descolgados del planeta tierra. Otras veces nos han dicho que nuestra advertencia era apropiada para una clase de cátedra universitaria.


Sufrimos agravios por defender a las Leyes. No nos quitó fuerzas, al contrario, nos dió mucho más energía. Muchos funcionarios son habilísimos al momento de evadir las responsabilidades. Aclaramos, que desde nuestra profesión, solo queríamos hacer ver a los vecinos, con palabras simples, la realidad del caos y la desorganización del planeamiento y la ejecución de la obra. Con sentido común, advirtiendo sobre las leyes que se violaban. Y como consecuencia de esos incumplimientos (por lo menos en lo concreto), mostrar la cruda realidad, dejando de lado si existían papeles burocráticos sin ninguna importancia. ¿Alguien puede poner en duda la constante presencia de la ineficacia e ineficiencia?. ¿Dónde las debidas acciones protectoras hacia la gente y el Ambiente y Entorno Social Impactado?. Muchas veces los Expedientes de Proyectos y todas sus tramas burocráticas, están muy...... pero muy lejos.... de lo que va a ocurrir en el espacio y el tiempo de una obra ejecutada.

Hoy allí está: “LA OBRA”, “LA AVENIDA”, ¿TERMINADA?, ¿INAUGURADA?.....¿....?. Se mostró en muchos folletos y propagandas políticas.


Que es lo que vemos: un compendio bastante grande de yerros. ¡Están a la vista!. No se necesita concentrar toda la población de Villa Carlos Paz para efectuar denuncias con fuerza movilizadora a los Estados que permanecen sordos. Y decimos “ESTADOS”, ya que hay responsabilidades compartidas. Entre tantas aberraciones de planeamiento, solo tomamos una: no hay en algunos sectores, veredas, no porque no las hayan hecho, ¡sino porque no existe espacio para hacerlas!.

¡A quién le importa!. A quien le importa, los que sufrieron accidentes, los que murieron, de las angustias diarias de transitar por una ruta sumamente peligrosa, del riesgo eléctrico de luminarias de las colectoras ( por el momento “solucionado” en forma precaria). Alguien puede garantizar que las descargas o escorrentías de los faldeos de las sierras “son debidamente canalizadas” por algunas de las calles barriales. Se hizo y se presentó un importante trabajo de investigación, en cada Comuna del Sur de Punilla y Municipalidad de Villa Carlos Paz, que contribuyeron económicamente( entre otras organizaciones) al “Estudio del Perfil Geomorfológico del Río San Antonio”, bajo iniciativa y gestión de ADARSA- Asociación Amigos del Río San Antonio.



Llama la atención la liviandad o la ignorancia (que no se busca erradicar) de los funcionarios, cuando se les “advierte” de las “advertencias” (no es redundancia de palabra) de esas descargas o escorrentías de arroyos temporarios serranos. Muchas veces nos han dicho apocalípticos. Preguntamos: ¿ ninguno de estos funcionarios ha visto el material que arrastran las calles y uno de los depósitos es la propia Avenida Cárcano?.



Este año ha sido demasiado, público y notorio, el reclamo de los vecinos de Villa Carlos Paz, por el estado de las calles. Se piden cordones cunetas, pavimentación, arreglos, etc. Se discute si contratar alquiler de máquinas, si comprar las máquinas, etc. etc. Lo que no se hace es poner “las barbas en remojo”, como vulgarmente se dice. Ordenar el caos, o por lo menos controlarlo. Es el comienzo, si se quieren dar soluciones de fondo a los problemas.

Para el caso particular de la Avenida Cárcano se ha violentado solapadamente la Ley Nº 7343 de Medio Ambiente de la Provincia de Córdoba y la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19587- Decreto 351/79 y Decreto 911 H.S.T en la Construcción. En el medio quedamos todos los habitantes de los barrios y todos los que por una u otra cosa, transitaban, transitam, y transitarán en el futuro.


Los que tienen el deber de aplicación (por el Poder de Policía delegado) de la mismas, nos dijeron que presentáramos notas. ¿Sabrán estos funcionarios que es actuar de oficio y de las responsabilidades de funcionarios públicos?. Las EVALUACIONES de IMPACTO AMBIENTAL- EIA, que por Ley deben (o deberían) haberse instrumentado (en concordancia a los problemas que esta acarrearía), tienen basamento en demasiadas razones no contempladas y que ahora se presenta como un nudo gordiano en esta “Obra” de Ampliación de Avenida Cárcano. En Villa Carlos Paz existen otros problemas como el que se trata. Larga sería la lista.

Quién diga que estamos equivocados que invoque, en qué lo estamos. Si no existen veredas ni posibilidades de construirlas, decimos: ¿Está terminada la “obra”?, Estamos seguros que no. Por lo tanto aún es un ámbito de trabajos. Otra simple conclusión: ¿Se aplica entonces, la Ley 19587 y sus Decretos?.



Por otra parte si la gente tiene problemas en desplazarse, se producen accidentes e incidentes, si la obra actúa como “barrera social”, separando de alguna forma comunidades barriales, ¿Se cumplió con la normativa ambiental Ley Nº 7343 y sus Decretos y todas las otras normas concomitantes Nacionales, Provinciales y/o Municipales?, ¿Hay o no hay impacto Ambiental y en consecuencia, Social?.

Entonces ¿podemos hablar de REPÚBLICA con mayúsculas, de cumplimiento de Leyes, de Garantías a los ciudadanos, de tutela a la vida, de cumplimiento a las CONSTITUCIONES, y en particular al Artículo 41 de la Ley de Leyes Nacional?.


Volvemos a preguntarnos: ¿LAS LEYES ESTÁN HECHAS PARA CUMPLIRLAS?. Eso sí, las preguntas y las respuestas, las debemos analizar todos. Quienes son responsables de la “Obra” en cuestión, aquellos que evaden las responsabilidades de funcionarios públicos y que ostentan el Poder de Policía al momento de aplicar las leyes, los que irresponsablemente, no conocen ( mejor dicho: no respetan) las normativas viales, no saben de semáforos, van a altas velocidades, en definitiva, poco les importa la vida ajena. Y otra cosa muy importante: la abulia ciudadana de no involucrarse en “la cosa pública” o “ Re-Pública”. No puede haber futuro para todos, sino ocurren muchas cosas. El principio hacer cumplir y cumplir las Leyes y lo segundo (para recién continuar con otras cosas), es que construyamos una sociedad de ciudadanos comprometidos y no solamente quedarnos en las quejas y cargar las culpas a los de arriba o a los otros. Pensamos que no hay lugar a dudas, y volviendo a la pregunta del título, y no habiendo cumplimiento de las Leyes, todo aquello que se diga “Re-Pública”, pasa a ser una entelequia.

JUAN CARLOS A. PAESANI
Ing. Químico – Ing. Laboral
Post Grado Población y Medio Ambiente
http://www.ergoecoportalcba.com.ar/
http://www.vcp-porlatierra.blogspot.com/

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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

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ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

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Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO