domingo, 29 de marzo de 2009

LOS ACCIDENTES EN LA CONSTRUCCIÓN - MUERTES SIN JUSTICIA

Durante el ejercicio de nuestra profesión como Ingeniero Laboral, hemos visto muchas injusticias por muertes ocurridas en la Industria de la Contrucción.
La pregunta que nos hacemos:
Mientras tanto siguen sucediendo sin solución de continuidad estas muertes que pudieron ser evitadas si se respetaran las Normativas Vigentes, creando un concepto de observación Ergonómica como un todo de la organización ¿O es que la vida humana tiene un precio y ya está incluido en "los costos" de las organizaciones? En tal caso estaríamos ante una solapada violación ética del Trabajo Humano Seguro.
Más abajo un artículo que da testimonio de lo que estamos diciendo.
Ingeniero Químico - Ingeniero Laboral
Especialista en Higiene y Seguridad en el Trabajo
Post Grado en Población y Medio Ambiente
ARTÍCULO DE LA VOZ DEL INTERIOR DÍA:
Domingo 29 de marzo de 2009

En los tribunales penales de Córdoba, no se juzgan las muertes de la construcción. Estos homicidios (personas que de manera violenta pasaron de estar vivas a estar muertas), casi siempre producto de delitos culposos (a raíz de negligencias, imprudencias, impericias de las que puede no ser ajena la víctima), casi siempre se empantanan en la embrionaria etapa de actuaciones sumariales. Las causas no sólo que nunca llegan a sentencia sino que –en su gran mayoría– ni siquiera vuelven al despacho de los fiscales de Instrucción que, apenas ocurrida la muerte, ordenaron hacer la autopsia. “Nosotros los llamamos ‘defenestrados’, un vocablo que proviene de ‘fenestre’, ventana. Sería algo así como los arrojados por la ventana”, explica Ricardo Cacciaguerra, médico forense de Tribunales. “Nuestra tarea consiste en examinar el cuerpo y precisar cuál fue la causa eficiente de la muerte. Eso se hace luego de describir todas las lesiones, algo que resulta fundamental, porque después permite establecer cuál fue el mecanismo de la caída. Además, hacemos determinación de drogas o de alcohol, en todos los casos”, agrega. Cacciaguerra comenta que, por lo general, cuando el obrero cae desde un primero o segundo piso, la muerte es por traumatismo de cráneo. Si se desbarrancó desde más alto, la causa son los politraumatismos y las múltiples lesiones en vísceras. “Nunca tuve un perito de control en la autopsia. Sí hemos tenido profesionales de parte cuando el caso va al ámbito civil o laboral. Pero en lo penal, no recuerdo haber tenido nunca un perito de control”, apunta Cacciaguerra, que lleva más de 30 años en el Servicio de Medicina Forense de Tribunales. “El único caso que recuerdo que luego tuvo implicancia penal fue uno sobre dos obreros que discutían en altura y el andamio se desplomó, lo que provocó la muerte de uno de ellos. Fue el único caso que yo recuerdo, y fue porque tenía esa circunstancia”, reitera. En Tribunales, ese protocolo de autopsia ordenado por el fiscal de turno es el principio (y suele ser el fin) de la investigación penal acerca de una muerte en la construcción. “No hay damnificados”. El Sistema de Administración de Causas, más conocido como SAC, es una base de datos informatizada reconocida como uno de los grandes y claros avances de los tribunales cordobeses. Si se consigna el nombre en un campo preciso, permite obtener, con un simple clic, datos sobre el estado de la investigación. La consulta puede hacerse según el acusado o bien preguntando por la víctima del delito. Este diario consultó allí por 18 obreros de la construcción muertos en la ciudad de Córdoba desde 2006 y en sólo tres casos la consulta remitió a una fiscalía de Instrucción. En los 15 restantes, la respuesta fue: “No hay datos como damnificado”, lo cual significa que las investigaciones continúan en estado de sumario en una unidad judicial y que no hubo novedades suficientes como para decidir imputaciones. Las excepciones fueron los casos del obrero Walter Suárez (42), muerto en un derrumbe por submuración el 15 de enero de 2007, en una obra ubicada en Vélez Sársfield al 800, y de Luis Antonio López, fallecido el 30 de marzo de 2006. También figura con ese grado de avance la investigación de la reciente muerte de Oscar Alejandro Castro (40), ocurrida el 12 de febrero último en un predio donde se construye un edificio de cuatro pisos, en barrio Pueyrredón.
Los tres casos figuran como homicidio culposo y tienen a distintas personas como supuestas responsables. Los dos primeros aparecen radicados en la fiscalía a cargo de Enrique Gavier. El último caso pertenece a la órbita de la fiscal Eve Flores. El listado (ver Obreros muertos) se conformó a partir de registros periodísticos y de datos aportados por la Uocra, el gremio de los obreros de la construcción. Instruidos. En noviembre del año pasado, cuando las noticias sobre muertes en la construcción eran dramáticamente frecuentes (hubo cinco en 60 días) el fiscal General de la Provincia, Darío Vezzaro, emitió una instrucción en procura de hacer más eficientes las investigaciones. La comunicación dispuso que se permitiera el acceso a los sumarios del personal de la Subsecretaría de Higiene y Seguridad e Inspección de Trabajo, y que los peritos de Policía Judicial coordinaran con esos funcionarios. Textualmente, Vezzaro reclamó que “indaguen acerca de la responsabilidad penal de los involucrados en el hecho, conforme a los deberes de cuidado a cargo de cada uno de ellos, en relación con los riesgos propios de la industria de la construcción, con el objeto de determinar si incurrieron en imprudencia o negligencia, sin perjuicio del riesgo en que se haya puesto la propia víctima”. La medida fue una respuesta al informe que por esos días había elevado la Secretaría de Trabajo de la Provincia, que describía las acciones preventivas que estaban tomando para atacar el aumento de los accidentes y reclamaba “se investiguen los hechos, de manera que sea posible determinar la responsabilidad penal de quien pudiera corresponder, conforme a la legislación que rige la materia”. La respuesta judicial aún no se traducen en el mencionado archivo del SAC. ¿Es que no interesa al Estado avanzar en estas investigaciones? Distintas fuentes judiciales señalaron que, consumada la tragedia, ni los familiares ni el sindicato se constituyen en parte querellante para seguir de cercar la investigación penal. El esfuerzo litigante, en todo caso, se orienta a acelerar el cobro de seguros e indemnizaciones que resultan sumamente urgentes para los deudos del obrero. Sin esa presión, el trabajo de las fiscalías se termina invirtiendo en otras urgencias.

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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

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ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

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Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO