martes, 15 de septiembre de 2009

CONTROVERSIA ARGENTINO - URUGUAYA

Fotografía del sitio: Fundación Proteger



Argentina culpó a Uruguay de daños irreversibles


En La Haya, la Cancillería insistió en que Montevideo violó el Estatuto del Río Uruguay.





La Haya. Argentina acusó ayer a Uruguay de causar “daños irreversibles” al medio ambiente con la instalación de la planta de celulosa de la empresa finlandesa Botnia, al iniciarse en la Corte Internacional de Justicia de La Haya las audiencias finales por el diferendo.
Argentina hizo su primera presentación en el marco de las audiencias orales –que comenzaron ayer y finalizan el 2 de octubre–, convocadas por la Corte Internacional de La Haya. Allí, amplió y ratificó –esta vez en forma oral–, “toda la documentación que presentó desde el inicio de la controversia y que demuestra que Uruguay incumplió el Estatuto del Río, de 1975, al autorizar de forma unilateral el emplazamiento de la planta de Botnia”, informó el Palacio San Martín.
El equipo argentino estuvo presidido por la Consejera legal de la Cancillería, Susana Ruiz Cerutti. La Argentina manifestó ante el Tribunal que Botnia “causará un daño irreparable al ecosistema del Río Uruguay, y que así lo demuestran los informes científicos y los numerosos y recurrentes episodios e incidentes de contaminación que se manifestaron”.
La delegación recordó, entre otros fenómenos, “la emanación de olores nauseabundos; la aparición de manchas en el río; la reiteración de episodios de floraciones algales en una escala que no registra precedentes; y en explosiones derivadas de accidentes”.

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FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ: 16 DE JULIO DE 1913 - ESCUDO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ - CARTA ORGÁNICA - ARTÍCULO Nº 24 (...) Su descripción es la siguiente: de sinople tres fajas de plata ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho."
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escudo de villa carlos paz

escudo de villa carlos paz
ARTÍCULO 24:El municipio adopta el nombre de Villa Carlos Paz, denominación que deberá ser utilizada en todos los documentos, instrumentos públicos, actos y monumentos oficiales.Conforme a los antecedentes históricos, reconoce como fecha de su fundación el día 16 de julio de 1913. El escudo, símbolo que identifica la Ciudad, es de uso obligatorio en toda documentación,papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y en el frente de los edificios municipales, prohibiéndose la utilización oficial de cualquier otro símbolo o leyenda. Su descripción es la siguiente:sinople tres fajas de platas ondeadas y en jefe, dos espadas de su color puestas en sotuer, bordura de gules, cargadas de ocho torres de oro, el escudo timbrado de un sol de oro. La forma del escudo es cuadrilonga, con la parte inferior redondeada, sus proporciones seis por cinco, de modo tal que la sexta parte de la altura cabe cinco veces en el ancho. CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ - CAPÍTULO II - Competencias y Emblemas. OTRA FUENTE CONSULTA HISTÓRICA: http://heraldicaargentina.com.ar/3-Cba-CarlosPaz.htm

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii

LA LAGAÑA DE PERRO - Caesalpinia gillesii
Fotografía Juan Carlos A. Paesani -LA FLOR DE VILLA CARLOS PAZ - SI CLICKEAS SOBRE LA IMAGEN VAS A ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DE LA LAGAÑA DE PERRO Y OTRAS ESPECIES DEL BOSQUE SERRANO